miércoles, 31 de julio de 2019

REFORMA DE LA LIVA 21/08/2018

REFORMA A LA LEY DEL IVA 21/08/2018

Decreto Constituyente mediante el cual se Reforma la Ley que establece el Impuesto al Valor Agregado. 

GO ext 6396 del 21/08/2018 (DESCARGAR)

Saludos

martes, 30 de julio de 2019

LEY ORGÁNICA DEL REGISTRO CIVIL

LEY ORGÁNICA DEL REGISTRO CIVIL Y SU REGLAMENTO N° 1

LEY ORGANICA DEL REGISTRO CIVIL (DESCARGAR)
REGLAMENTO N° 1 (DESCARGAR)

Buen día estimados compañeros.
Agradecería que en los comentarios dejaran las dudas e inquietudes.

Saludos

jueves, 11 de julio de 2019

CONVERSATORIO S/COT
SABADO 13/07/2019
UPTM - TUCANI

Buenas noches estimados compañeros, anexo remito archivos adjuntos elaborados por el CEF del Seniat sobre los principales elementos de la Reforma del COT 2014 y unos Temarios S/COT para que con fines académicos Uds. observen los puntos que se tratan en estos talleres y que les permita guiarlos y orientarlos en el estudio del COT.

Adicionalmente, se anexa un Glosario de Términos Tributarios bajado del Portal del Seniat para que les sirva de herramienta en el estudio y comprensión del Tema.

Saludos

Temario S/COT  (Bajar)

domingo, 7 de julio de 2019

PROYECTO DE IMPTO A LOS GDES PATRIMONIOS

PROYECTO DE IMPTO A LOS GRANDES PATRIMONIOS
02/07/2019

Estimados compañeros, revisen y analicen el presente Proyecto tomando en consideración lo establecido en la CRBV, COT y Código Civil con respecto a la entrada en vigencia de la leyes.

Pendiente con las palabras CLAVES..

PROYECTO A LOS GRANDES PATRIMONIO (Descargar)


1)     Veamos que dice la CRBV con respecto a la entrada en vigencia de las Leyes:

ARTÍCULO 24. Ninguna disposición legislativa tendrá efecto retroactivo, excepto cuando imponga menor pena. Las leyes de procedimiento se aplicarán desde el momento mismo de entrar en vigencia, aun en los procesos que se hallaren en curso; pero en los procesos penales, las pruebas ya evacuadas se estimarán en cuanto beneficien al reo o a la rea, conforme a la ley vigente para la fecha en que se promovieron. Cuando haya dudas se aplicará la norma que beneficie al reo o a la rea.

ARTÍCULO 215. La ley quedará promulgada al publicarse con el correspondiente “Cúmplase” en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela.

ARTÍCULO 218. Las leyes se derogan por otras leyes y se abrogan por referendo, salvo las excepciones establecidas en esta Constitución. Podrán ser reformadas total o parcialmente. La ley que sea objeto de reforma parcial se publicará en un solo texto que incorpore las modificaciones aprobadas.

2) Tarea: Buscar que dice el Código Civil con respecto a la entrada en vigencia de las Leyes.

3) El COT establece:

ARTÍCULO 8. Las leyes tributarias fijarán su lapso de entrada en vigencia. Si no lo establecieran, se aplicarán una vez vencidos los sesenta (60) días continuos siguientes a su publicación en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela.


Las normas de procedimientos tributarios se aplicarán desde la entrada en vigencia de la ley, aun en los procesos que se hubieren iniciado bajo el imperio de leyes anteriores.

Ninguna norma en materia tributaria tendrá efecto retroactivo, excepto cuando suprima o establezca sanciones que favorezcan al infractor.

Cuando se trate de tributos que se determinen o liquiden por períodos, las normas referentes a la existencia o a la cuantía de la obligación tributaria regirán desde el primer día del período respectivo del contribuyente que se inicie a partir de la fecha de entrada en vigencia de la ley, conforme al encabezamiento de este artículo.

ARTÍCULO 9. Las reglamentaciones y demás disposiciones administrativas de carácter general, se aplicarán desde la fecha de su publicación oficial o desde la fecha posterior que ellas mismas indiquen.

ARTÍCULO 10. Los plazos legales y reglamentarios se contarán de la siguiente manera:
  1. Los plazos por años o meses serán continuos y terminarán el día equivalente del año o mes respectivo. El lapso que se cumpla en un día que carezca el mes, se entenderá vencido el último día de ese mes.
  2. Los plazos establecidos por días se contarán por días hábiles, salvo que la ley disponga que sean continuos.
  3. En todos los casos los términos y plazos que vencieran en día inhábil para la Administración Tributaria, se entienden prorrogados hasta el primer día hábil siguiente.
  4. En todos los casos los plazos establecidos en días hábiles se entenderán como días hábiles de la Administración Tributaria.

Parágrafo Único. Se consideran inhábiles tanto los días declarados feriados conforme a disposiciones legales, como aquéllos en los cuales la respectiva oficina administrativa no hubiere estado abierta al público, lo que deberá comprobar el contribuyente o responsable por los medios que determine la ley. Igualmente se consideran inhábiles, a los solos efectos de la declaración y pago de las obligaciones tributarias, los días en que las instituciones financieras autorizadas para actuar como oficinas receptoras de fondos nacionales no estuvieren abiertas al público, conforme lo determine su calendario anual de actividades.

ARTÍCULO 11. Las normas tributarias tienen vigencia en el ámbito espacial sometido a la potestad del órgano competente para crearlas.

Las leyes tributarias nacionales podrán gravar hechos ocurridos total o parcialmente fuera del territorio nacional, cuando el contribuyente tenga nacionalidad venezolana, esté residenciado o domiciliado en Venezuela, o posea establecimiento permanente o base fija en el país.

La ley procurará evitar los efectos de la doble tributación internacional.

Saludos

PRESENTACION DEL COT - UDO

PRESENTACION DEL COT - UDO

Buen día estimados compañeros, anexo les remito archivo con una presentación del COT que baje de Internet (UDO) que considero que les puede servir de guía y de orientación.


No olviden dejar sus comentarios.

sábado, 6 de julio de 2019

ARCHIVOS DEL COT EN WORD Y PDF


Buenas Noches estimados compañeros.
Anexo les dejo la presentación del COT/2014 en PDF bajada del Blog de Mileo Consultores en pdf para que la vayan revisando.

CÓDIGO ORGÁNICO TRIBUTARIO


Decreto N° 1.434 de fecha 17 de noviembre de 2014, con Rango, Valor y Fuerza de Ley del Código Orgánico Tributario, publicada en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela Nº 6.152 Extraordinario de fecha 18 de noviembre de 2014.  

COT EN PDF
COT EN WORD